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Actos BORME Hotel Juanito Sociedad Limitada

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Actos BORME Hotel Juanito Sociedad Limitada - B02271591

Tenemos registrados 5 Actos BORME del Registro Mercantil de Albacete para Hotel Juanito Sociedad Limitada con CIF B02271591

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Actos BORME de Hotel Juanito Sociedad Limitada

20 de Enero de 2020
Reducción de capital. Importe reducción: 1.141.470,00 Euros. Resultante Suscrito: 126.830,00 Euros. Datos registrales. T 959, L723, F 56, S 8, H AB 8569, I/A 11 (13.01.20).

17 de Agosto de 2015
Ampliación de capital. Capital: 521.600,00 Euros. Resultante Suscrito: 1.268.300,00 Euros. Datos registrales. T 659, L 423, F 225,S 8, H AB 8569, I/A 10 (10.08.15).

08 de Enero de 2013
Modificaciones estatutarias. ARTICULO 23º.- El cargo de Administrador se ejercerá por tiempo indefinido, sin perjuicio de poder sercesado en cualquier momento, por acuerdo de Junta General de los socios que representen la mayoría del capital social. El cargo deAdministrador será retribuido. Dicha retribución consistirá en. Datos registrales. T 659, L 423, F 225, S 8, H AB 8569, I/A 9(28.12.12).

16 de Agosto de 2010
Ceses/Dimisiones. Consejero: NUÑEZ RUIZ YOLANDA. Presidente: NUÑEZ RUIZ YOLANDA. Consejero: NUÑEZ RUIZ JUANMIGUEL. Secretario: NUÑEZ RUIZ JUAN MIGUEL. Consejero: NUÑEZ RUIZ ANA JUANA. Cons.Del.Sol: NUÑEZ RUIZ JUANMIGUEL;NUÑEZ RUIZ YOLANDA;NUÑEZ RUIZ ANA JUANA. Nombramientos. Adm. Solid.: NUÑEZ RUIZ YOLANDA;NUÑEZ RUIZJUAN MIGUEL. Modificaciones estatutarias. Cambio del Organo de Administración: Consejo de administración a Administradoressolidarios. Datos registrales. T 659, L 423, F 223, S 8, H AB 8569, I/A 7 ( 5.08.10).

Modificaciones estatutarias. ARTICULO 15º.- La voluntad de los socios, expresada por mayoría, regirá la vida de la Sociedad. Lamayoría habrá de formase necesariamente en Junta General. Corresponde al Presidente dirigir las deliberaciones, conceder el uso dela palabra, determinar el orden y la duración de las intervenciones ARTICULO 16º.- No obstante lo dispuesto en el artículo anterior,para que la Junta pueda acordar válidamente el aumento o disminución del capital o cualquier otra modificación estatutaria para la queno se exija mayorías cualificadas, deberán votar a favor del acuerdo mas de la mitad de los votos ARTICULO 17º.- Las JuntasGenerales habrán de ser convocadas por los Administradores o, en su caso, los liquidadores yse celebrarán en el término municipaldonde la sociedad tenga su domicilio. Si en la convocatoria no figurase el lugar de celebración, se entenderá que la junta ha sidoconvocada ARTICULO 18º.- Las Juntas Generales pueden ser Ordinarias y Extraordinarias. A) Junta General Ordinaria: JuntaOrdinaria es la que debe reunirse dentro de los seis primeros mesesde cada ejercicio, para censurar la gestión social, aprobar, en sucaso, las cuentas del ejercicio anterior y resolver ARTICULO 19º.- Toda Junta General deberá ser convocada mediante =óCARTACERTIFICADA CON ACUSE DE RECIBOº= dirigida a cada uno de los socios que deberá remitirse al domicilio que estos hubierendesignado a tal fin y, en su defecto al que resulte del Libro Registro de Socios. Se exceptúan aquellas ARTICULO 20º.- Todo socio quetenga derecho de asistencia podrá hacerse representar en la Junta por otra persona aunque no sea socio. La representación deberáconferirse por escrito y, cuanto no conste en documento público, deberá realizarse con carácter especial para cada Junta. Larepresentación ARTICULO 21º.- La sociedad será regida y administrada, a elección de la Junta General, por: a).- Un AdministradorUnico. b).- Dos Administradores mancomunados. C).- Varios Administradores solidarios, con un mínimo de dos y un máximo de cinco.d) Tres Administradores mancomunados firmando dos ARTICULO 22º.- La representación de la Sociedad, en juicioy fuera de él,corresponderá al órgano de administración que en cada momento dirija y administre la compañía. La representación se extenderá atodos los actos comprendidos en el objeto social, incluidos aquellos en los que, según la ARTICULO 23º.- El cargo de Administrador seejercerá por tiempo indefinido, sin perjuicio de poder ser cesado en cualquier momento, por acuerdo en Junta General de los sociosquerepresenten la mayoría del capital social. El cargo de Administrador no será retribuido. ARTICULO 24º.- Cuando la Administración yrepresentación de la Sociedad se encomiende a un Consejo de Administración serán de aplicación las normas que seguidamente seestablecen. El Consejo de Administración estará integrado por un mínimo de tres y un máximo de siete miembros. El Consejo elegirá a.Datos registrales. T 659, L 423, F 224, S 8, H AB 8569, I/A 8 ( 5.08.10).

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